La compra de una casa en la playa conlleva algunos gastos. Por ejemplo los costes del notario, los gastos del servicio del registro de la propiedad y los costes de la valoración de la vivienda por parte del banco. Además, es necesario tomar en cuenta el pago de ciertos impuestos como el ITP, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y el IBI, impuesto sobre bienes inmuebles. Este último es un impuesto que se debe pagar anualmente.

El tipo de impuesto dependerá de si está comprando una casa de segunda mano o si compra una vivienda nueva de la cual usted sea el primer propietario. El porcentaje de impuesto sobre transmisiones patrimoniales depende de si el comprador es residente en España o reside en otro país. Parte de los gastos también dependerán de si compra la vivienda con fondos propios o bien si hipoteca alguna parte de la inversión. En general, hay que tener en cuenta que la totalidad de los gastos se suman hasta aproximadamente el 12 a 13% sobre el precio de la vivienda. A continuación le daremos un desglose de los tipos de impuestos y gastos a pagar por parte del comprador.

ITP, IVA y AJD

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales es el mayor gasto en la compra de una residencia de segunda mano en la Costa Blanca. Si compra una casa de segunda mano, el ITP se sitúa en el 10%.

Si va a comprar una vivienda de nueva construcción, de la cual vaya a ser el primer propietario, no deberá pagar el ITP. En este caso, se paga el Impuesto sobre el Valor añadido, el IVA. El porcentaje de IVA en casas de nueva construcción también se sitúa en el 10%. Adicionalmente, para una nueva construcción hay que pagar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, el supuesto AJD ,el cual asciende al 1,5% del precio de compra.

En casos excepcionales, puede ser que haya una tarifa del 21% de IVA aplicable. Estos casos suelen darse en inmobiliarias en las cuales se han realizado mejoras o renovaciones. También puede ser que se esté adquiriendo una propiedad procedente de una persona jurídica o bien de un negocio o empresa. En este caso también se tendrá que pagar la tarifa alta del IVA. En este apartado no entraremos en detalles sobre este tema pero tenga cuidado con estas situaciones a la hora de comprar una propiedad. Asegúrese de estar atendido siempre por un agente inmobiliario que tenga conocimiento de las reglas y leyes aplicables.

Impuestos sobre Bienes Inmuebles (IBI)

El IBI es un impuesto municipal que deberán hacer efectivo todas aquellas personas que sean propietarias de un bien inmueble. El IBI es de carácter periódico, se paga cada año. Para determinar la base imponible del impuesto, que grava el valor de los bienes inmuebles, se toma el valor asignado por el catastro según las distintas valoraciones y actualizaciones que se lleven a cabo por este organismo. El importe que deberá pagar depende del tipo de inmueble, la superficie construida y el tamaño del solar, pero también variará en función del número de habitantes del municipio donde esté ubicado el inmueble. La cantidad media de IBI a pagar oscila entre los 100 y 400 euros para un hogar de tamaño medio.

El notario

Los gastos implicados al formalizar y firmar la escritura de compra-venta en la oficina del notario se sitúan aproximadamente desde el 0,5% al 1% del valor de la propiedad.

El catastro

Después de firmar la escritura de compra-venta ante notario, se comunicará el cambio de título de propiedad ante el catastro. Su propiedad recién adquirida será inscrita en el Registro de propiedad. Los gastos de la inscripción ascienden entre el 0,3% y 0,7% del valor del inmueble.

Gastos vinculados con un préstamo hipotecario

Si va a financiar la compra de su casa mediante un préstamo hipotecario, tiene que tener un cuenta que aparte de los impuestos ya mencionados se aplicaran los siguientes gastos:

Comisión de apertura

La financiación mediante hipoteca de un banco suele conllevar una comisión de apertura de alrededor del 1%.

AIJD de hipoteca

En el caso de que se vaya a hipotecar la casa, se pagará un impuesto sobre la responsabilidad total de la hipoteca concedida, la cual es calculada por el banco al sumar: capital prestado + intereses ordinarios + intereses de demora + costes + gastos. El total debería oscilar entre el 150% y el 200% del valor del préstamo. Este impuesto se conoce como el IAJD de hipoteca, el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados de hipoteca.

Tasación

Si solicita una hipoteca, la entidad financiera tasará la vivienda mediante un tasador homologado. Algunos tasadores homologados son, entre otros, Tinsa, Valmesa o Tecnitasa. El precio de una tasación oficial oscila entre los 250 y 500 euros, dependiendo de la superficie del inmueble a tasar.

Seguro de vida

Es aconsejable plantear la posibilidad de contratar junto a la financiación algún tipo de seguro de vida. Este está para proteger a los herederos del prestatario. En el caso que el prestatario falleciese, el importe pendiente de la hipoteca se amortizaría por la compañía de seguros. De esta manera, los herederos no se enfrentarían con una deuda pendiente por pagar. En cierto tipo de hipotecas el seguro de vida ya forma parte del producto hipotecario comercializado por el banco. Por tener un seguro de vida contratado se ha de pagar una prima periódica.


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